El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, que preside el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín, suspendió de manera inmediata la Resolución 20/2026, propuesta por Nicolás Bronzovich, líder del INTA. Dicha resolución contemplaba el cierre de la Estación Experimental Agropecuaria Área Metropolitana de Buenos Aires (EEA AMBA), así como de nueve agencias y el traspaso de propiedades a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).
El fallo señala la resolución como “manifiestamente arbitraria e ilegítima, por carecer de motivación suficiente, fundarse en normativa presuntamente carente de vigencia, contrariar el régimen de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y afectar derechos de raigambre constitucional y convencional vinculados con el acceso a la ciencia y la tecnología, la agricultura familiar, el derecho a la alimentación, el derecho al trabajo y la estabilidad del empleo público”.
En consecuencia, se ordena a los responsables del INTA “abstenerse de ejecutar la supresión de funciones y unidades dependientes, movimientos de los trabajadores, pase a disponibilidad o desvinculaciones de técnicos de la administración pública, traslado de equipos, asignación de edificios y/o venta y subasta de propiedades”.
La decisión fue celebrada por Rodolfo Aguiar, líder de ATE, quien comentó que “otra vez la Justicia nos vuelve a dar la razón y deja en manifiesto la ilegalidad con la que actúa este Gobierno”. El sindicalista añadió que el gremio continuará enfrentando al gobierno “en todos los planos” y expresó: “Se van a ir esposados por la puerta de atrás de la Rosada. La motosierra se debilita. Les queda poco”.
Además de la reestructuración del INTA, el Gobierno nacional había implementado un nuevo sistema de retiro voluntario para empleados permanentes del organismo, que estuvo vigente durante mayo. Esto se enmarca dentro del proceso de ajuste que impulsa la administración de Milei.
La medida fue aprobada por el Consejo Directivo del INTA y formalizada en el Boletín Oficial a través de la resolución que estableció la creación del “Sistema de Retiro Voluntario” para el año 2026.
Este sistema incluía un pago extraordinario equivalente a 1.5 salarios brutos por cada año de servicio o fracción superior a tres meses, dirigido a trabajadores con un mínimo de tres años de antigüedad. Solo se consideraba el tiempo trabajado como personal permanente dentro de la Administración Pública Nacional.
Cabe destacar que quienes decidieran acogerse al retiro voluntario no podrían volver a ingresar al Sector Público Nacional durante cinco años, independientemente de la modalidad de contratación, con la excepción de aquellos que ocupen cargos docentes en universidades nacionales. El propósito de este plan era reducir el número de empleados en al menos 1000 trabajadores.








